Pandemia, leyes y ciudadanos

  • Dr. Miguel Álvarez Deza

  • Maria Baena
  • Editorial
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Las sentencias del Tribunal Constitucional han dejado claro que el confinamiento domiciliario debió hacerse mediante un estado de excepción y no un estado de alarma, ya que las leyes orgánicas no pueden suspender derechos fundamentales. De acuerdo con las resoluciones del este tribunal habría que sumar al estado de alarma un supuesto para suspender derechos fundamentales en caso de pandemia.

Y es que para gestionar esta crisis sanitaria los legisladores no desarrollaron un marco normativo específico y han estado aplicando leyes de los años 80, como la Ley General de Sanidad

Fuera del estado de alarma, una ley con tan solo cuatro artículos, La Ley Orgánica 3/1986 de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública fue la base de las actuaciones en la comunidades autónomas. Una ley que hay que reformar y mejorar, porque no es lo suficientemente clara en su redacción. El artículo 3 ha amparado las decisiones más duras en contra de los derechos de los ciudadanos. No concreta actuaciones específicas, sino que permite adoptar las medidas que se consideren necesarias para controlar enfermedades transmisibles, un cajón de sastre en el cabían desde cierres de establecimientos y hostelería hasta confinamientos perimetrales.

Asimismo, la falta de desarrollo e implementación de la Ley General de Salud Pública de 2011 es un lamento general. La filosofía de esta ley, aprobada hace más de diez años, es construir un sistema que produzca salud en vez de sanidad y que prevenga la enfermedad y no solo la cure, además de impulsar la promoción de la salud, lo que implica un cambio de visión que tenga en cuenta hasta los hábitos y estilos de vida. 
 
En nuestro país han surgido dos posturas entre los juristas, los que defienden la necesidad de una norma específica para afrontar las futuras crisis sanitarias, que podría ser una ley de pandemias, y los que se oponen a ella. Mientras Francia, Italia o Alemania, han aprobado leyes de pandemias que otorgan poderes excepcionales a los gobiernos, aquí las comunidades autónomas han aplicado restricciones sin ninguna ley y con disparidad de criterios.

El Gobierno Central ha dicho en varias ocasiones que no hace falta una ley de pandemias. Sin embargo, de alguna manera, esa ley ya se está elaborando de una forma indirecta, fundamentalmente, a través de las legislaciones que aprobaron algunas comunidades autónomas que han optado por reformar su marco normativo como Galicia, el País Vasco y Aragón que han aprobado regulaciones con medidas para la gestión de la pandemia. Algunos Tribunales Superiores de Justicia, otros no, han permitido a las comunidades autónomas salir del paso avalando restricciones puntuales de derechos con medidas como toques de queda (o de no queda), cierres perimetrales y pasaportes COVID.

Los que no ven claro esa ley de pandemias, argumentan que la función de los jueces es la interpretación de la norma, su ponderación y adaptación a cada caso. Además, consideran que es imposible contener en una ley todos los supuestos que se pueden necesitar en el futuro para resolver una crisis sanitaria. Es decir, hay suficientes leyes solo que hay que desarrollarlas.

Lo que se debería reformular es cómo se toman las decisiones sanitarias en un país donde hay 17 administraciones sanitarias distintas, además del Ministerio de Sanidad, pero que exige seguir un criterio único, aunque solo sea en situaciones tan excepcionales como una pandemia. Lo que demanda desarrollar elementos para que las decisiones adoptadas de manera coordinada sean vinculantes para todas las comunidades autónomas.

La legislación sanitaria que tenemos se ha quedado obsoleta y no fue diseñada para aplicarse a personas sanas, a la población general, sino a personas enfermas en ámbitos limitados. No estaba pensada para decirle a los ciudadanos que no pueden salir de su casa a partir de las 12 de la noche. 

La Salud Pública, en los últimos gobiernos, nunca ha sido una prioridad dentro del sistema sanitario. Estamos en el tercer año pandémico y si no se acometen, en los próximos meses, las reformas legislativas necesarias, el estruendo que supuso la pandemia desaparecerá y la Salud Pública volverá a donde habita el olvido, donde lleva varios años, empequeñecida en un sistema de salud principalmente asistencialista.

¿Dónde está la Vida que hemos perdido viviendo?
¿Dónde está la sabiduría que hemos perdido en conocimiento?
¿Dónde está el conocimiento que hemos perdido en información?
(Poesías reunidas T.S. Eliot)

El Dr. Miguel Álvarez Deza es especialista en Medicina Preventiva y Salud Pública.