El Foro de AP exige garantizar el cumplimiento de la normativa de los partes de incapacidad temporal en todos los niveles asistenciales autonómicos
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El Foro de Médicos de Atención Primaria (AP), conformado por ocho entidades y sociedades médicas, ha comunicado las conclusiones de su reunión de este mes de enero. Esta ha coincidido con la fecha límite que se había marcado para la modificación de la tramitación de los partes de incapacidad temporal (IT).
Durante la misma, se han analizado las últimas modificaciones legislativas sobre este asunto. El jueves pasado se publicó en el BOE el Real Decreto 1060/2022, de 27 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración.
Asimismo, se ha revisado la realidad burocrática que supone en las consultas de AP la tramitación de los partes de IT. Según señalan desde el Foro, aún con la reciente publicación del RD 1060/2022, no se modifica sustancialmente el procedimiento de acceso a la IT.
En ese sentido, se ha acordado en el encuentro poner en marcha un observatorio para el seguimiento de la implantación de los mecanismos. Con ello, se pretende simplificar los trámites que genera la IT y permitir la emisión de partes de baja en todos los puestos asistenciales. Así, se conseguirá una mayor desburocratización de la consulta de los médicos y médicas de familia.
Seguimiento por CC. AA.
Igualmente, se ha propuesto hacer un seguimiento de la implantación de la normativa en todas las Comunidades Autónomas. Reconocen los progresos experimentados en:
- Andalucía: actualmente ya existe la posibilidad de tramitar la IT desde atención hospitalaria, aunque todavía falta aún formación a los profesionales.
- Navarra y Euskadi: consideran inminentes algunos ajustes en el sistema para que se empiece a aplicar.
- Cataluña: existe un proyecto de implantación.
Diferenciación del caso de la Comunidad de Madrid
Por el contrario, desde el Foro de AP se ha querido diferenciar del resto de las autonomías la situación creada por la Gerencia de Atención Primaria de Madrid y las diferentes opciones que tienen los médicos de familia actualmente para tramitar los partes de incapacidad temporal en sus consultas.
Concretamente, se ha analizado la base legal y el sustento jurídico que tiene la notificación enviada por parte de la Consejería examinando si esta constituye una orden de obligado cumplimiento, a pesar de sustentarse en una orden de menor rango legal. Esta cuestión se estudiará en los diferentes servicios jurídicos de las sociedades, CESM y OMC. No obstante, desde el Foro se tiene la impresión de que lo solicitado por la Consejería a los médicos de familia madrileños constituye un incumplimiento con respecto al último Real Decreto aprobado.
Emisión de partes de baja en otros puestos asistenciales
Por otro lado, se ha insistido en que la emisión de los partes de IT por los especialistas hospitalarios o por los médicos de los diferentes puntos de atención continuada supone una mejora en la microgestión sanitaria y en la calidad de la asistencia a los pacientes. Por ello, en el encuentro se ha propuesto analizar la repercusión económica que tendrá esta medida.
El Foro ha aprovechado para recordar que la AP ha soportado 100.000 consultas más debidas a IT durante el primer semestre de 2022, tras la orden de tramitar las bajas laborales a los pacientes que informaban de un autotest positivo en COVID.
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